INSTRUMENTO PARA MIS ALUMNOS Y COLEGAS CUALQUIER APORTE ES IMPORTANTE PARA EL CRECIMIENTO
miércoles, 14 de enero de 2015
viernes, 9 de enero de 2015
FUNDACIÓN PEDAGÓGICA DE ESTUDIOS MODERNOS Y TECNOLÓGICOS DEL CARIBE
ACTA
CONSTITUTIVA Y ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN PEDAGÓGICA DE ESTUDIOS MODERNOS Y
TECNOLÓGICOS DEL CARIBE
(FEMTCA)
Hoy 12 de Diciembre del 2014, Reunidos en la
Calle 30 de Rancho Grande casa 4ª-47 en Puerto Cabello Estado Carabobo, previa
convocatoria Nosotros, FREDDY MAURICIO
OROÑO FLORES, Venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, de
profesión ABOGADO y titular de la cédula de identidad numero
V-13.602.463; BETZAIDA ANDREINA SOSA
RODRÍGUEZ, Venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, de
profesión T.S.U ADMINISTRACIÓN MENCIÓN
CONTADURÍA, y titular de la cédula
de identidad numero V 13.078.922; CHRISTIAN
RAFAEL SIMON MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, casado, de este
domicilio, de profesión LICENCIADO EN
TEOLOGIA, y titular de la cédula de identidad numero V- 20.294.821; ANIBETH ZULEYMA CASTILLO LOPEZ,
Venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, de profesión LICENCIADA EN CONTADURIA y titular de
la cédula de Identidad numero V- 11.748.908. DANELVIS DANIELA AURRECOCHEA,
Venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, de profesión LICENCIADA EN EDUCACION y titular de la
cédula de identidad numero V- 20.665.512,CARLOS
EDUARDO ESCOBAR LEMONCHE, Venezolano, mayor de edad, soltero, de este
domicilio, de profesión LICENCIADO EN
EDUCACION y titular de la cédula de identidad numero V- 18.343.217, JHORGEN ANTONIO OJEDA Venezolano, mayor
de edad, soltero, de este domicilio, de profesión BOMBERO y titular de la cédula de identidad numero V- 18.563.941,SONIA MARCELA ACEVEDO SANCHEZ
Venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, de profesión LCDA. GESTION TURISTICA y titular de la
cédula de identidad numero E- 84.394.549, ANA
MARIA CASTRO RAMOS Venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio,
de profesión LCDA. GESTION TURISTICA
y titular de la cédula de identidad numero V-19.295.676, FELIPE GONZALO LEGEL CASTILLO
Venezolano, mayor de edad, soltera, de
este domicilio, de profesión ESTUDIANTE
y titular de la cédula de identidad numero V- 20.309.413, con el fin de constituir
una fundación privada sin fines de lucro, se procede a nombrar un director
de debate, donde se postuló el Lcdo.
Chistrían Martínez C.I 20.294.821, el cual
procedió a dar los derechos de palabras donde toma la palabra el Abogado Freddy
Oroño C.I 13.602.463, el mismo indico que era una gran iniciativa la
constitución de una fundación educativa ya que vendría a fortalecer el sistema
educativo venezolano de igual forma invito a todos los presentes a dar lo mejor
ya que es una gran responsabilidad la que estamos asumiendo, toma la palabra el
Lcdo. Chistrian Martínez C.I 20.294.821, y presento los postulados a la Junta
Directiva quienes tendrán la responsabilidad de dirigir la Fundación durante
cinco (5) Años; PRESIDENTE. Freddy
Oroño C.I 13.602.463, VICEPRESIDENTE.
Chistrian Martínez C.I 20.294.821, SECRETARIA.
Betzaida Sosa C.I 13.078.922, TESORERA.
Anibeth Castillo C.I 11.748.908, DIRECTOR
PRINCIPAL. Danelvis Aurrecochea C.I 20.665.512 DIRECTOR PRINCIPAL. Carlos Eduardo
Escobar Lemonche C.I 18.343.217, DIRECTOR
PRINCIPAL. Sonia Marcela Acevedo Sánchez C.I 84.394.549, DIRECTOR PRINCIPAL. Jhorgen Ojeda C.I 18.563.941,
DIRECTOR PRINCIPAL. Ana Maria Castro Ramos C.I 19.295.676,
DIRECTOR PRINCIPAL. Felipe Gonzalo Legel Castillo C.I
20.309.413, se sometió a votación por los presentes quedando aprobada de forma
unánime la Junta Directiva que tendrá una duración de cinco (5) años, se le dio
lectura de los estatutos que regirán por
las disposiciones contenidas en el presente documento constitutivo estatutario
y cuyas cláusulas quedan redactadas en los siguientes términos, siendo
aprobados de forma unánime por los presentes, se designa al presidente y
vicepresidente para que realicen el registro y todas las acciones necesarias
para legalizar dicha fundación.
ABOGADO
FREDDY MAURICIO OROÑO FLORES
PRESIDENTENTE
DE FEMTCA
PROF.
CHISTRIAN MARTÍNEZ
VICEPRESIDENTENTE
DE FEMTCA
LCDA.
ANIBETH CASTILLO
TESORERA
DE FEMTCA
T.S.U
BETZAIDA SOSA
SECRETARIA DE FEMTCA
LCDA.DANELVIS
AURRECOCHEA
DIRECTOR
PRINCIPAL DE FEMTCA
LCDO.
CARLOS ESCOBAR
DIRECTOR
PRINCIPAL DE FEMTCA
LCDA.
SONIA MARCELA ACEVEDO
DIRECTOR
PRINCIPAL DE FEMTCA
B/B
JHORGEN OJEDA
DIRECTOR
PRINCIPAL DE
FEMTCA
LCDA.
ANA MARIA CASTRO RAMOS
DIRECTOR
PRINCIPAL DE
FEMTCA
SR.
FELIPE GONZALO LEGEL CASTILLO
DIRECTOR
PRINCIPAL DE FEMTCA
CERTIFICACIÓN
Nosotros,
FREDDY MAURICIO OROÑO FLORES,
Venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, de profesión
ABOGADO y titular de la cédula de
identidad numero V-13.602.463; BETZAIDA
ANDREINA SOSA RODRÍGUEZ, Venezolana, mayor de edad, soltera, de este
domicilio, de profesión T.S.U ADMINISTRACIÓN MENCIÓN CONTADURÍA, y titular de la cédula de identidad numero V
13.078.922; CHRISTIAN RAFAEL SIMON
MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, de
profesión LICENCIADO EN TEOLOGIA, y titular de la cédula de identidad numero V-
20.294.821; ANIBETH CASTILLO,
Venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, de profesión LICENCIADA
EN CONTADURIA y titular de la cédula de Identidad numero V- 19.566.953. DANELVIS AURRECOCHEA, Venezolana, mayor
de edad, soltera, de este domicilio, de profesión LICENCIADA EN EDUCACION y
titular de la cédula de identidad numero V- 20.665.512, CARLOS EDUARDO ESCOBAR LEMONCHE, Venezolano, mayor de edad,
soltero, de este domicilio, de profesión LICENCIADO EN EDUCACION y titular de
la cédula de identidad numero V- 18.343.217, JHORGEN OJEDA Venezolano, mayor de edad, soltero, de este
domicilio, de profesión BOMBERO y titular de la cédula de identidad numero V-
18.563.941, SONIA MARCELA ACEVEDO
SANCHEZ Venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, de profesión
LCDA. GESTION TURISTICA y titular de la cédula de identidad numero E-
84.394.549, ANA MARIA CASTRO RAMOS
Venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio, de profesión LCDA.
GESTION TURISTICA y titular de la cédula de identidad numero V-19.295.676, FELIPE GONZALO LEGEL CASTILLO C.I V-
20.309.413, damos fe de que reunidos el 12 de diciembre del año 2014, hemos
constituido una fundación privada sin fines de lucro su denominación será FUNDACIÓN DE ESTUDIOS MODERNOS,
TECNOLOGICÓS DEL CARIBE (FEMTCA)
ABOGADO
FREDDY MAURICIO OROÑO FLORES
PRESIDENTENTE DE FEMTCA
PEOF.
CHISTRIAN MARTÍNEZ
VICEPRESIDENTENTE DE FEMTCA
LCDA.
ANIBETH CASTILLO
TESORERA DE FEMTCA
T.S.U
BETZAIDA SOSA
SECRETARIA DE FEMTCA
LCDA.DANELVIS
AURRECOCHEA
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
LCDO.
CARLOS ESCOBAR
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
LCDA.
SONIA MARCELA ACEVEDO
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
B/B
JHORGEN OJEDA
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
LCDA.
ANA MARIA CASTRO RAMOS
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
SR.FELIPE
GONZALO LEGEL CASTILLO
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
ESTATUTOS DE LA
FUNDACION PEDAGÓGICA DE ESTUDIOS
MODERNOS Y TECNOLÓGICOS DEL CARIBE
(FEMTCA)
CAPITULO I.
NATURALEZA,
DENOMINACION, OBJETIVO, DOMICILIO Y DURACION.
PRIMERA: La Fundación de denominará; FUNDACIÓN DE ESTUDIOS MODERNOS, TECNOLOGICÓS
DEL CARIBE,
pudiendo utilizar indistintamente su nombre completo o la abreviatura, (FEMTCA), como siglas para identificarse. La Fundación es una persona
jurídica de carácter privado sin fines de lucro, de nacionalidad venezolana y
con patrimonio propio e independiente del de sus miembros, la cual persigue
fines sociales y de carácter general. SEGUNDA: el
objeto de la fundación es impulsar un amplio programa de desarrollo educativo
dirigido a todos los niveles de estudios, comprendiendo además la producción,
diagnóstico, mejoramiento de programas básicos e intensivos, en el área
educativa y cualquier otra área, siendo el pilar fundamental para alcanzar los
fines los estudios a distancias y de forma virtual a nivel nacional o
internacional. b) realizar convenios nacionales e internacionales con
fundaciones, tecnológicos, institutos de estudios superiores, universidades a
nivel nacional e internacional para capacitar estudiantes
de estudios superiores c) el uso de tecnologías mediante la implantación y uso
de sistema técnicos en Venezuela o en cualquier país del mundo, debidamente
aprobados y aceptados por los organismos públicos y privados que tienen
competencia en la materia, destinados a generar el mayor bienestar de la
colectividad. En función de dicho objeto, prestar los servicios técnicos,
pedagógicos y didácticos para analizar, diagnosticar, mejorar la educación en
cualquiera de sus niveles. en este sentido, fomentará la asistencia de
servicios tecnológicos, coadyuvando por sí o por intermedio de sus miembros a
la solución de problemas, apoyando los planes, iniciativas o ideas tanto
oficiales como privadas que tiendan al mejoramiento de la calidad de vida de
seres humano; d) la producción y
realización de todo tipo de cursos técnicos, talleres, diplomados, estudios de
pregrado, especializaciones, master, doctorados, laboratorios, bibliotecas y salones
de lectura adaptado a cualquier nivel educativo, ya sea en exclusividad o en
cooperación con cualquier otro individuo o institución, para lo cual la
fundación podrá contratar, tanto en Venezuela, como en el exterior, las
organizaciones, empresas o personal necesario; f) análisis y elaboración de pensum de estudios para
carreras de pregrado y estudios de cuarto nivel adaptados a las realidades y
necesidades de la sociedad g) venta de
folletos, libros, manuales y demás material impreso de carácter educativo; h)
la elaboración y venta de elementos de
propaganda, tales como camisetas, llaveros, calcomanías, paquetes de grados y
protocolo; i) la promoción de programas de carácter educativo en los espacios
radiales, televisivos y ciberespacio; j) auspiciar programas y actividades que
sean necesarios para animar a aquellas personas que merezcan la asistencia y
oportunidades de esta fundación; k) donar becas y/o establecer fondos para
asignar ayudas a estudiantes o profesionales que realicen investigaciones o
estudios en general en cualquiera instituciones, sociedades o asociaciones que
tengan objetivos similares a los de esta fundación, cooperando con cualquier
persona en la ayuda de dichos objetivos; l) se desarrollaran pensum y estudios
para fortalecer el área educativa en las siguientes menciones: Educación, Derecho, Aduana, Comercio Exterior,
RR.HH., Psicología, Música de diversas menciones , Turismo, Teología, filosofía,
Gastronomía, Fisioterapia en el área motora y visual, Ingeniería Informática,
ingeniería en Conducta Humana, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería Industrial, en
general, llevar a cabo todos aquellos actos que se presumen facilitan la
realización del objetivo fundamental de la fundación. TERCERA: El domicilio de la Fundación es la Ciudad de Puerto
Cabello, la cual posee carácter Nacional e Internacional y puede establecer centros de actividad en
cualquier parte del país o en el extranjero, previa aprobación de su Junta
Directiva. CUARTA: La duración de la
Fundación es por CIEN (100) años, contados a partir de la fecha de inscripción
de este documento en la respectiva Oficina de Registro y podrá prorrogarse
siempre que una asamblea de miembros así lo decida. Su disolución procederá de
conformidad con lo establecido en sus estatutos y leyes respectivas.
CAPITULO II.
DEL
PATRIMONIO.
QUINTA:
El patrimonio de la Fundación estará constituido por: A) Los bienes muebles e
inmuebles que en acto de su constitución son aportados por los Fundadores; B)
Las donaciones, contribuciones, herencias, legados y auxilios o asignaciones
oficiales o particulares, en dinero o en especies (bienes muebles e inmuebles
que reciba la Fundación); C) Los incrementos
patrimoniales que obtenga
por el mero
ejercicio de su actividad
por los productos de las inversiones y de las
disponibilidades de la Fundación, así como por los intereses y rentas que
aquellos bienes produzcan, los cuales en todo caso deberán dedicarse
exclusivamente al logro de los objetivos señalados en estos estatutos; D) Los
demás bienes o derechos que adquiera la Fundación por cualquier título. SEXTA: Los bienes que reciba la
Fundación por los medios expresados en cualquier de los literales anteriores,
serán destinados al cumplimiento de sus objetivos, y su aporte no comprometerá
el logro de tales fines ni su autonomía. PARAGRAFO
UNICO. De los resultados netos de cada año, se destinara no menos del DIEZ
por ciento (10%) para la formación de un Fondo de Prevención. Corresponderá a
la Asamblea General de Miembros aprobar el monto de referido fondo, el cual
debe ser propuesto por la Junta Directiva así como su destino para el año en
curso, de acuerdo al programa de actividades que apruebe la misma Asamblea
General de Miembros.
CAPITULO
III
DE
LOS MIEMBROS.
SEPTIMA:
La Fundación estará conformada por cuatro (4) clases de miembros: FUNDADORES, ACTIVOS, HONORARIOS Y
BENEFACTORES. MIEMBROS FUNDADORES:
Son miembros fundadores quienes se nombran como tales en la presente Acta
Constitutiva y suscriben la misma.
MIEMBROS ACTIVOS: Son miembros activos aquellas personas, naturales o
jurídicas, que manifiesten su voluntad de serlo y sean admitidos como tales de
acuerdo con estos Estatutos. La Junta Directiva dispondrá lo necesario para el
trámite de registro e inscripción de los nuevos miembros activos; MIEMBROS HONORARIOS: Son Miembros
Honorarios aquellas personas, naturales o jurídicas, quienes sean designadas
como tales por la Asamblea General de Miembros en reconocimientos a sus
méritos, a su contribución a la buena marcha y consolidación de la Fundación, o
como de vincularse a las actividades de la misma; MIEMBROS BENEFACTORES: Son Miembros Benefactores las personas
naturales o jurídicas que efectúen donaciones en dinero o en especies a favor
de la Fundación, previa aceptación de ser miembro. OCTAVA: Los Miembros Activos de la Fundación ingresan a ella por
postulación de algún Miembro de la Junta Directiva, la cual debe ser aprobada
por la mayoría de sus integrantes. La postulación de Miembros Activos deberá
ser presentada mediante comunicación a la Junta Directiva por parte del
postulante recomendando el ingreso del postulado, quien debe estar debidamente
identificado en la misma. En todo caso, si el postulado fuere persona jurídica
debe acompañarse copia de su Acta Constitutiva y Estatutos Sociales. NOVENA: El carácter de Miembro Activo
se pierde por renuencia expresa, por muerte o por alguna de las siguientes
causas: A) Incumplir resoluciones de la fundación; B) Falta de probidad y/o
rebeldía; C) Incurrir en actos lesivos a la moral y las buenas costumbres; D)
Hacer daño voluntario, provocar desórdenes y demás actos aleatorios contra la
buena marcha de la Fundación o contra el ordenamiento jurídico del país: E)
Observar conducta que sea perjudicial a los intereses de la Fundación; F)
Utilizar el nombre de la Fundación con fines diferentes de los establecidos en
sus estatutos. En el caso de las personas jurídicas, perderán su carácter de
Miembros Activos o Benefactores, por liquidación y/o cancelación de la
respectiva personería. PARAGRAFO
PRIMERO: Además de las causales previstas anteriormente, la condición de
Miembro Activo también se pierde por inasistencia injustificada a tres (03)
Asambleas Ordinarias consecutivas, a las cuales haya sido debidamente
convocado, sin haber enviado excusa válida por escrito a la Junta Directiva o
poder para su representación por otro de sus Miembros. PARAGRAFO SEGUNDO: La Junta Directiva decidirá la desincorporación
de cualquier Miembro Activo de la Fundación bajo las cláusulas establecidas en
los literales y la decisión deberá ser ratificada por la Asamblea General de
Miembros.
CAPITULO IV.
DE
LAS AUTORIDADES DE LA FUNDACION.
DECIMA:
La Fundación, para el mejor desempeño y cumplimiento de sus fines y objetivos
estará conformada por: A) La Asamblea General de Miembros; B) La Junta
Directiva; C) El Consejo Consultivo; D) Un Administrador o comisario. DECIMA PRIMERA: La Asamblea General de
Miembros, que es la máxima autoridad para fijar planes y políticas, está
conformada por la totalidad de los Miembros Fundadores y el Cincuenta por
ciento (50%) de los miembros activos que sean seleccionados por los Miembros
Fundadores. Todo Miembro Fundador y Activo tiene derecho a voz y a voto en la
Asamblea General. En caso de imposibilidad de asistir, podrá hacerse
representar mediante poder otorgado exclusivamente a otro miembro de igual
condición. No obstante, cada miembro podrá representar mediante poder otorgado
exclusivamente a otro miembro de igual condición. De igual forma, cada miembro
no podrá representar a más de dos poderdantes. Los Miembros Honorarios y
Benefactores podrán asistir a la Asamblea General con derecho a voz pero sin
voto. DECIMA SEGUNDA: La Asamblea
General de Miembros es el máximo organismo de la Fundación y como tal le
corresponden las siguientes funciones: A) Determinar las orientaciones y
políticas generales a las cuales debe someterse la actividad de Fundación, con
miras a lograr sus fines; B) Estudiar y apoyar las reformas de los Estatutos de
la Fundación que sean presentados para su consideración por la Junta Directiva,
o por no menos del treinta por ciento (30%) de los Miembros; C) Estudiar el
informe anual de labores de la Fundación presentado por la Junta directiva; D)
Estudiar y apoyar en su sección ordinaria anual el presupuesto general, el
balance y el
informe económico que le
presente la Junta Directiva;
E) Nombrar, por periodos de Cinco (05) años, a los
miembros de la Junta Directiva; F) Nombrar el Administrador y el Suplente de
este; G) Velar por el cumplimiento de los Estatutos de la Fundación; H)
Determinar el monto del Fondo de Prevención y el destino que deba dársele al
mismo, a proposición de la Junta Directiva; I) Acordar la disolución de la
Fundación cuando ocurran las causales previstas para la misma en estos
Estatutos; J) Decidir sobre sus Miembros Activos, por las causas indicadas en
la cláusula novena. DECIMA TERCERA:
La Asamblea General de Miembros se reunirá en sección ordinaria dos (02) veces
al año, específicamente en los meses de Marzo y Octubre, sin menoscabo de que
por solicitud escrita y dirigida a la Junta Directiva con un (01) mes de
anticipación, la mayoría de los Miembros soliciten el cambio de fecha para la
realización de dichas sesiones ordinarias. De igual forma, se reunirán
extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva, o a
solicitud del Consejo Consultivo o del 30% de su Miembros. La convocatoria se
hará por comunicación escrita dirigida a cada uno de los miembros, con quince
(15) días de anticipación, o en su defecto, por un aviso de prensa en un
periódico de circulación nacional, en el cual se indicara el lugar, fecha, hora
y el objeto de la reunión. Se formara quórum para deliberar y decidir con la
presencia o representación del cincuenta por ciento más uno (50%+1) de sus
miembros, salvo se vayan a tomar determinaciones de las contenidas en literales
“h” e “I” de la cláusula que antecede, en cuyo caso hará falta la presencia de
al menos las tres cuartas (3/4) partes de los miembros para que el quórum este
válidamente constituido y se puedan tomar decisiones. En cualquiera de los dos
casos, de no lograrse quórum en la primera convocatoria, se procederá a una
segunda convocatoria para la celebración de la Asamblea, en el término de las
setenta y dos (72) horas siguientes, quedando esta válidamente constituida con
la presencia de un veinte por ciento (20%) de los miembros y sus decisiones
serán válidas y de obligatorio cumplimiento para todos los miembros de la
Fundación. DECIMA CUARTA: El Consejo
Consultivo es un órgano de alto nivel que estará compuesto por ocho (08)
Consejeros, designados por la Junta Directiva y ratificados por la Asamblea
General de Miembros. Se otorgara el título de consejero de la Fundación
aquellas personas que reúnen condiciones especiales para ello. DECIMA QUINTA: Los Miembros del Consejo
Consultivo durarán dos (02) años en el ejercicio de sus funciones, las cuales
consisten en estudiar el estado general de la Fundación a nivel nacional e
internacional, al igual que evaluar el cumplimiento de sus objetivos, y
presentar a la Asambleas General o a la Junta Directiva sus conclusiones y
sugerencias. DECIMA SEXTA: El Consejo Consultivo se reunirá
por lo menos una vez cada seis (06) meses, a solicitud de la junta Directiva o
de al menos (03) tres de sus miembros. Será convocado por el Presidente de la
Fundación, mediante comunicación escrita dirigida a cada uno de los Consejeros
con diez (10) días hábiles de anticipación, a la dirección que tenga registrada
en los libros de la Fundación. El presidente de la Fundación deberá estar
presente en dicha reuniones o se formará quórum
para deliberar y decidir con la presencia de la mayoría de los
Consejeros de la Fundación. De no lograrse la asistencia requerida, el mismo
Consejo librará una nueva convocatoria
para dentro de los diez (10) días siguientes, en cuyo caso podrá sesionar con solo tres (03) de sus miembros. El
Consejo Consultivo podrá reunirse en cualquier lugar y tiempo, siempre y cuando
estén presentes la cantidad de miembros requeridos. DECIMA SEPTIMA: Los Miembros del Consejo Consultivo tendrán derecho
a voz en las sesiones ordinarias de la Junta Directiva y en la Asamblea General
de Miembros. DE LA JUNTA DIRECTIVA. DECIMA
OCTAVA: La Junta Directiva estará integrada por siete (07) miembros
principales y tres (03) suplentes, elegidos por periodos de siete (07) años por
la Asamblea General de Miembros, pudiendo ser reelegidos por periodos iguales. DECIMA NOVENA: La Junta Directiva
estará conformada de la siguiente manera: Un (01) Presidente, un (1)
Vicepresidente, un (1) Secretario, un (1)
Tesorero, Seis (6) Directores Principales. Las ausencias temporales del
Presidente las cubrirá el Vicepresidente, y las ausencias de este último serán
cubiertas por los directores en el orden de designación. Por su parte. Las ausencias definitivas de cualquiera de los
miembros de la Junta Directiva, serán cubiertas de la misma forma que las
temporales hasta que se reúna la Asamblea General de miembros y haga la
designación respectiva de acuerdo a estos estatutos. Los directores suplentes
de la Junta Directiva podrán asistir a las reuniones de esta con derecho a voz
pero sin voto. VIGESIMA: Las
decisiones de la Junta Directiva se adoptaran con la aprobación de la mayoría
absoluta de los miembros presentes con derecho a voto. VIGESIMA PRIMERA: Son funciones de la Junta Directiva: A)
Reglamentar el funcionamiento de la Fundación; B) Designar las comisiones,
grupos de trabajos, comités operativos y asesores que considera necesarios para
alcanzar los objetivos de la fundación;
C) Aprobar el programa anual de actividades de la fundación, así como el
presupuesto general correspondiente que será presentado a su consideración por
el presidente y/o por el Vicepresidente; D) Presentar a la Asamblea General
de miembros el informe
anual de actividades y el balance general del ejercicio económico; E) Delegar
al Presidente, al Vicepresidente o Directores Principales, las funciones que
estimen convenientes para dar mayor agilidad al funcionamiento de la Fundación;
F) Convocar las reuniones extraordinarias a la Asamblea General de miembros,
cuando lo estime conveniente; G) Todas las demás que asignen esto estatutos o
que sean atribuidas por la Asamblea General de Miembros. VIGESIMA SEGUNDA: La Junta Directiva se reunirá ordinariamente la
primera semana de cada mes, el día y hora que convoque el Presidente y/o
Vicepresidente. Extraordinariamente, cuando no haya sido convocada por el
Presidente y/o el Vicepresidente en la oportunidad debida, el resto de los
miembros de la Junta Directiva podrá convocar la reunión para la segunda semana
del mes respectivo. La Junta Directiva sesionará válidamente con cinco (05) de
sus miembros y podrá designar un secretario fuera de seno. VIGESIMA TERCERA: El Presidente y/o el Vicepresidente son los
Representantes legales de la Fundación, serán elegidos por la Asamblea General de miembros por periodos de CINCO
(05) años pudiendo ser reelegidos. VIGESIMA
CUARTA: Las funciones del Presidente y/o Vicepresidente actuando
conjuntamente o separadamente, son las siguientes: A) Velar por el cumplimiento
de los objetivos de la Fundación; B) Convocar a la Junta Directiva en los
términos y oportunidad previstos en estos estatutos y presidir sus reuniones
ordinarias y extraordinarias; C) Presentar a consideración de la Junta
Directiva, la designación de las comisiones, grupos de trabajo, comités
operativos que considere necesarios para alcanzar los objetivos de la Fundación
y proponer su remuneración; D) La creación o supresión de cargos de personal de
la Fundación; E) firmar los contratos laborales y de servicios que sean
necesarios para el funcionamiento de la Fundación; F) Presentar a la Asamblea
General de Miembros en nombre de la Directiva, el balance general del ejercicio
económico examinado, aprobado por el Tesorero, y el informe anual de
actividades; G) Presentar a la Asamblea General de Miembros el presupuesto
anual y el proyecto de inversiones y gastos; H) Conocer de los aportes que se
le hagan a la fundación cuando estos excedan de Cien Unidades Tributarias
(100U.T.); I) Aprobar las secciones mencionadas de las cuales se hagan acreedores
los funcionarios de la Institución, de acuerdo con el reglamento interno de
Trabajo de Miembros de las actividades realizadas por la Junta Directiva; J)
Celebrar los acuerdos o convenios con otras instituciones públicas o privadas
que sean necesarias para el cumplimiento
de los objetivos
de la Fundación; K) La apertura,
movilización y cierre de Cuentas bancarias de la Fundación, así como el manejo
de cualesquiera instrumentos financieros; I) Todas las otras funciones que la
Asamblea General de Miembros o la Junta Directiva asignen. VIGESIMA QUINTA: El Administrador o Comisario será nombrado por la
Junta Directiva por un periodo de dos (02) años y podrá tener un (01) Suplente.
Con preferencia deberá ser Contador Público o profesión afín de reconocida
solvencia moral y tendrá acceso a todos los documentos de la Fundación. En caso
de cumplirse este periodo sin que se designe su reemplazo, continuará en el
ejercicio de sus funciones hasta cuando la Junta Directiva realice la
respectiva designación. La Junta Directiva fijará su remuneración. El Comisario
y su Suplente no podrán ser miembros de la Fundación, ni estar relacionados
dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con los
integrantes de la Junta Directiva. VIGESIMA
SEXTA: Serán funciones del Comisario, las siguientes: A) Determinar las
normas para la organización de la Contabilidad de la Fundación; B) Examinar las operaciones, inventarios,
balances, libros, actas, y demás documentos de la Fundación y comprobantes
contables correspondientes, de manera que pueda vigilar adecuadamente la
contabilidad y el manejo del patrimonio de la Fundación e informar de ello a la
Junta Directiva; G) Asesorar a la Asamblea, y a la Junta Directiva en relación
a los aspectos contables de la Fundación; D) Realizar, verificar la exactitud
de los balances e informes contables y autorizarlos con firma; E) Verificar
trimestralmente el arqueo de la caja de la Fundación; F) Verificar la
comprobación de todas las inversiones y valores de la Fundación y de los que
esta tenga en custodia; G) Las demás que determine la Ley Venezolana o la
Asamblea General de Miembros; H) En las reuniones de la Asamblea y de la Junta
Directiva tendrá voz pero no voto.
CAPITULO V.
DEL EJERCICIO ECONOMICO.
VIGESIMA SEPTIMA:
El ejercicio económico de la Fundación tendrá una duración de un (01) año
calendario y comenzara el primero de Enero de cada año y culminará el treinta y
uno de Diciembre del mismo año, a excepción del presente ejercicio que se
iniciará a la fecha de protocolizarse el presente documento. VIGESIMA OCTAVA: La Fundación se
disolverá: A) Por haberse cumplido el fin específico señalado o el plazo
fijado; B) Cuando desaparezca el patrimonio o resulte insuficiente; C) Cuando
su fin deviene incompatible con la ley o con la situación real;
D) Por voluntad de los miembros que componen la Fundación, tomada
por la mayoría especial del setenta y cinco por ciento (75%) de sus componentes.. VIGESIMA NOVENA: La disposición de los bienes que quedaren luego
haber pagado el pasivo externo de la Fundación, será resuelta según lo
establecido en el Articulo 23 del Código Civil Venezolano. DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS. TRIGESIMA: Para todo lo no
previsto en estos Estatutos, se aplicaran las disposiciones contenidas en el
Código Civil Venezolano, las Normas del Derecho Común y los principios
Generales del Derecho.
ABOGADO
FREDDY MAURICIO OROÑO FLORES
PRESIDENTENTE DE FEMTCA
PROF.
CHISTRIAN MARTÍNEZ
VICEPRESIDENTENTE DE FEMTCA
LCDA.
ANIBETH CASTILLO
TESORERA DE FEMTCA
T.S.U
BETZAIDA SOSA
SECRETARIA DE FEMTCA
LCDA.DANELVIS
AURRECOCHEA
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
LCDO.
CARLOS ESCOBAR
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
LCDA. SONIA MARCELA ACEVEDO
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
B/B
JHORGEN OJEDA
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
LCDA.
ANA MARIA CASTRO RAMOS
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
SR.
FELIPE GONZALO LEGEL CASTILLO
DIRECTOR PRINCIPAL DE FEMTCA
miércoles, 7 de enero de 2015
Seminario
Concepto: Un seminario es una
reunión especializada que tiene naturaleza técnica y académica cuyo objetivo es
realizar un estudio profundo de determinadas materias con un tratamiento que
requiere una interactividad entre los especialistas. Se consideran seminarios
aquellas reuniones que presentan estas características. El número de horas es
variable. En Congresos o Encuentros pueden tener una duración de dos horas y
existen seminarios permanentes que puede durar uno o hasta dos años,
principalmente en Instituciones de Educación Superior. Hay quienes limitan el
número de participantes pero ello depende del tema a tratar, de las condiciones
físicas para su desarrollo, el conocimiento de la materia de los participantes
y el coordinador del mismo. Tratándose de un acto académico de actualización,
en algunos casos se puede solicitar una cuota de inscripción. Sin embargo, hay
muchas instituciones o cuerpos de académicos que los desarrollan como parte de
su carga laboral.
•Introducción- comienza
agradeciendo la presencia de los asistentes. Este acto de cortesía ayuda a
establecer el clima positivo y cordial que debe prevalecer durante la
presentación. Informa luego el propósito de la charla, enfatiza la importancia
del tema y presenta los puntos principales que discutirás. Si es posible
menciona una noticia o evento reciente que evidencie la importancia del tema.
Duración sugerida: 5 minutos.
•Cuerpo- esta sección es una
exposición lógica y organizada del tema. Sigue el bosquejo al pie de la letra y
discute cada tema en la secuencia planificada. Mira el reloj disimuladamente
para verificar que estás cubriendo cada tema según pautado durante las
prácticas. Duración sugerida: 40 minutos.
•Conclusión- la atención de los
asistentes aumenta cuando perciben que se acerca el final de la charla, así que
anuncia el fin con una frase como “Para concluir esta charla”... y entonces
repite los puntos más importantes del seminario. Finalmente, agradece la
atención de los asistentes e invítalos a participar en la sesión de preguntas.
Duración sugerida: 5 minutos.
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